Seguro de caución

Yo administro tranquilo, cuando sé que los riesgos están cubiertos por mi seguro.

Este seguro brinda importantes ventajas para el tomador y beneficiario de esta póliza. Al tomador, le permite liberar la línea crediticia y evitar la inmovilización de fondos, permitiéndole destinar toda su capacidad económica financiera al desarrollo del proyecto. Con respecto al beneficiario, le otorga un doble respaldo, y al mismo tiempo una precalificación del Tomador, mediante la cual se evalúa su capacidad para cumplir en tiempo y forma con las obligaciones asumidas.

Coberturas disponibles

Garantías contractuales públicas y privadasGarantía de mantenimiento de oferta, garantía de adjudicación o ejecución de contrato, sustitución de fondo de reparo, anticipo financiero y/o de acopio.
Garantías aduanerasInscripción al registro de Importadores y exportadores (IMPO – EXPO), Régimen Automotriz (REAU) , Importación temporal (IMTE) , Exportación Temporal (EXTE), Tránsito Terrestre (TRAN), Falta de Certificado de Origen (FCTX), Valor Criterio (VACR)
Garantías IGJLa Resolución General IGJ 20/2004 determina la exigencia para Directores de Sociedades Anónimas (S.A) y Gerentes de Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L) y Sociedades Comandita por Acciones (S.C.A), inscritas en la Ciudad Autónoma de Bs AS, a presentar una garantía a favor de la sociedad por un valor mínimo de $10.000 y hasta $50.000 por el desempeño de sus funciones, estableciéndose que el monto de la garantía deberá ser igual para todos los directores o gerentes y no inferior al sesenta por ciento (60%) del monto del capital social en forma conjunta entre todos los titulares designados, según resolución general (R.G 7/2015). Esta garantía puede ser cubierta por distintos medios: efectivo o títulos públicos, aval bancario o póliza de seguro de caución

Prevención del fraude Prevención de lavados de activos y financiación del terrorismo

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. La ley 25.326 tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional.

Política de Privacidad & Condiciones Generales de Uso

N° de Inscripción de SSN
0196

Atención al asegurado
0800-666-8400

Organismo de control
www.argentina.gob.ar/ssn

SSN

La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atiende las consultas y reclamos que presentan los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y / o derechohabientes.

El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por:
RESPONSABLE: Sr. Leon, Ramiro - Teléfono 03462-435100 / 435200 - Interno 1183
SUPLENTE: Sra. Fatila, Valeria Graciela - Teléfono 03462-435100 / 435200 - Interno 1574

En caso de que el reclamo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800-666-8400, correo electrónico a denuncias@ssn.gob.ar o formulario web a través de www.argentina.gob.ar/ssn

Chateá con nosotros