Seguro para empleados rurales

Yo trabajo tranquilo, cuando sé que tengo un seguro confiable y sólido

Nuestro seguro de vida de Trabajadores Rurales es un instrumento que te ayudará a cumplir con las exigencias que establece la ley. Está dirigido a toda persona física o jurídica con carácter de empleador, que posea personal en relación de dependencia y se desempeñe en tareas rurales.

Coberturas disponibles

SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO: EMPLEADOS RURALES – Ley 16.600De carácter obligatorio para todos los empleados rurales. Cobertura: Fallecimiento por cualquier causa – Invalidez total y permanente. Beneficiarios: designados por el empleado.
SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO: Ley Agraria 26.727Permite al empleador cumplir con las obligaciones patronales establecidas en los artículos 245, 247 y 248 de la ley 20.744. Cobertura: Fallecimiento por cualquier causa – Invalidez total y permanente.

Prevención del fraude Prevención de lavados de activos y financiación del terrorismo

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. La ley 25.326 tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional.

Política de Privacidad & Condiciones Generales de Uso

N° de Inscripción de SSN
0196

Atención al asegurado
0800-666-8400

Organismo de control
www.argentina.gob.ar/ssn

SSN

La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atiende las consultas y reclamos que presentan los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y / o derechohabientes.

El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por:
RESPONSABLE: Sr. Barrios, Alejandro Daniel TELÉFONO 03462-435100 / 435200 INTERNO 1251
SUPLENTE: Sra. Fatila, Valeria Graciela - Teléfono 03462-435100 / 435200 - Interno 1574

En caso de que el reclamo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800-666-8400, correo electrónico a denuncias@ssn.gob.ar o formulario web a través de www.argentina.gob.ar/ssn

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